Obligaciones legales de una peluquería o centro de estética
Peluquerías, barberías y centros de estética trabajan con productos químicos, con datos de clientes y, a veces, con técnicas que necesitan autorización sanitaria. Estas son las obligaciones principales.
Información revisada el 29 de octubre de 2026.
Obligaciones propias del sector: peluquería y estética
- 1
Licencia y condiciones higiénico-sanitarias
Necesitas la licencia o comunicación de actividad del ayuntamiento y cumplir las normas de higiene de tu comunidad y la ordenanza municipal: limpieza y desinfección de utensilios, material de un solo uso cuando corresponda y ventilación.
- 2
Tatuaje, micropigmentación y piercing
Si haces micropigmentación, tatuajes o piercing, necesitas una autorización sanitaria específica y formación acreditada según la normativa de tu comunidad (en Catalunya, el Decreto 90/2008).
- 3
Productos cosméticos
Usa y vende solo cosméticos que cumplan el Reglamento (CE) 1223/2009 (etiquetado en castellano, lista de ingredientes, responsable en la UE) y guarda las facturas de compra para demostrar su origen.
- 4
Fichas de clientes y protección de datos
Si anotas alergias, reacciones o tratamientos, son datos de salud y tienen una protección reforzada en el RGPD: informa al cliente, pide su consentimiento por escrito y guarda las fichas con seguridad. Más en RGPD para autónomos.
- 5
Prevención de riesgos: químicos y posturas
Si tienes personal, la evaluación de riesgos debe incluir los productos químicos (tintes, decolorantes, alisados), con sus fichas de datos de seguridad, guantes y ventilación, y los riesgos por posturas y estar de pie.
- 6
Precios, reclamaciones y convenio
Muestra los precios de los servicios con IVA incluido, ten hojas oficiales de reclamaciones y aplica el convenio colectivo de peluquería, estética y belleza que corresponda (salarios, jornada, vacaciones).
Obligaciones de cualquier empresa
Además de las normas propias del sector, estas son comunes a cualquier negocio:
Fiscal y facturación
- Alta en Hacienda y en la Seguridad Social antes de empezar, y declaraciones trimestrales de IVA e IRPF (modelo 303).
- Programa de facturación preparado para Verifactu y, más adelante, factura electrónica entre empresas. Hacienda ha anunciado que quiere hacer coincidir ambas fechas en octubre de 2028 (Verifactu, factura electrónica).
Si tienes personas trabajadoras
- Contrato y alta en la Seguridad Social antes del primer día, y aplicar el convenio colectivo del sector.
- Registro horario diario de cada persona, guardado 4 años (guía), y calendario laboral expuesto en el centro (calendario 2027).
- Prevención de riesgos laborales: evaluación de riesgos, formación e información y vigilancia de la salud (PRL en microempresas).
- Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo (obligatorio en todas las empresas) y una política de desconexión digital.
Protección de datos
- Cumplir el RGPD con los datos de clientes, proveedores y personal: informar, registro de actividades, contratos con proveedores y seguridad (RGPD para empresas).
A partir de 50 personas trabajadoras
- Plan de igualdad, canal de denuncias (Ley 2/2023) y medidas para la igualdad de las personas LGTBI.
Preguntas frecuentes
¿Necesito permiso especial para hacer micropigmentación?
Sí. La micropigmentación, el tatuaje y el piercing requieren autorización sanitaria y formación acreditada según la normativa de cada comunidad.
¿Puedo guardar las alergias de mis clientes en una ficha?
Sí, pero son datos de salud: necesitas informar y pedir el consentimiento expreso del cliente, y guardarlos con medidas de seguridad.
¿Una peluquería con empleados necesita prevención de riesgos?
Sí. Con una sola persona contratada debes tener evaluación de riesgos, formación e información y vigilancia de la salud.
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Información divulgativa y general. No es asesoramiento jurídico: las obligaciones concretas dependen de tu actividad, tu comunidad autónoma, tu municipio y tu convenio.