Calculadora de indemnización por despido
Calcula la indemnización que corresponde por un despido improcedente, un despido objetivo o el fin de un contrato temporal, según la antigüedad y el salario. Incluye la regla de los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012.
Revisado el 29 de octubre de 2026 con el Estatuto de los Trabajadores.
Resultado
Indemnización estimada
20.794,52 €
253,00 días × 82,19 €
Antigüedad
7 años, 7 meses y 15 días
Cuenta como 92 meses: las fracciones de mes se redondean a mes completo.
Salario diario
82,19 €
Salario bruto anual ÷ 365.
Días de salario de indemnización
253,00 días
Posible reforma. El Ministerio de Trabajo negocia desde octubre de 2025 un cambio en la indemnización por despido. A 29 de octubre de 2026 no se ha aprobado nada: siguen vigentes los 33 días por año. En julio de 2025 el Tribunal Supremo confirmó que los jueces no pueden fijar una indemnización mayor que la que marca la ley. Si cambia, actualizaremos la calculadora.
Cómo se calcula la indemnización por despido
- Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (artículo 56 del Estatuto). Los periodos de menos de un año se prorratean por meses.
- Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: el tiempo trabajado hasta el 11/02/2012 se paga a 45 días por año y el posterior a 33. El tope es de 720 días salvo que lo generado hasta 2012 ya los supere; en ese caso se cobra esa cantidad, con un máximo de 42 mensualidades (disposición transitoria undécima).
- Despido objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, ineptitud, falta de adaptación) y despido colectivo: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades (artículo 53).
- Fin de contrato temporal: 12 días por año trabajado (artículo 49.1.c), salvo en los contratos formativos y de sustitución.
- Despido disciplinario procedente: sin indemnización. Si un juzgado lo declara improcedente, se paga la de 33 días (o 45/33).
- Salario de referencia: el último salario bruto, con la parte proporcional de las pagas extra y los complementos salariales fijos. Para el salario diario se divide el anual entre 365.
IRPF: artículo 7.e de la Ley del IRPF.
Ejemplo
Una persona con un salario bruto de 30.000 € al año entra el 1 de marzo de 2019 y la despiden el 15 de octubre de 2026 de forma improcedente. Tiene 7 años, 7 meses y 15 días de antigüedad, que cuentan como 92 meses. Indemnización: 33 × 92 ÷ 12 = 253 días de salario × 82,19 € de salario diario = 20.794 € aproximadamente.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de indemnización corresponden por un despido improcedente?
33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si el contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el tiempo hasta esa fecha se calcula a 45 días por año.
¿Qué diferencia hay entre despido objetivo e improcedente?
El despido objetivo se basa en una causa prevista en la ley (económica, técnica, organizativa, de producción u otras del artículo 52) y se indemniza con 20 días por año. Si un juzgado considera que la causa no existe o no se ha justificado, el despido es improcedente y la indemnización sube a 33 días por año.
¿La indemnización por despido paga IRPF?
La indemnización obligatoria según el Estatuto está exenta de IRPF hasta 180.000 €, en la cuantía que marca la ley (si el convenio o el contrato fijan más, el exceso tributa). En el despido improcedente, la exención exige que la improcedencia se reconozca en el acto de conciliación (SMAC o equivalente) o por sentencia: si la empresa la paga sin ese trámite, tributa.
¿Cómo se cuentan los meses?
Los años incompletos se prorratean por meses, y según los tribunales cualquier fracción de mes cuenta como un mes completo.
¿Qué salario se usa para calcular la indemnización?
El salario bruto que se cobraba en el momento del despido, incluida la parte proporcional de las pagas extra y los complementos fijos. No se incluyen las dietas ni otros conceptos que no sean salario.
¿La indemnización es lo mismo que el finiquito?
No. El finiquito es la liquidación de lo que se debe hasta el último día (salario del mes, vacaciones no disfrutadas, parte de las pagas extra) y se cobra en cualquier extinción. La indemnización es una cantidad aparte que solo corresponde en algunos casos.
También te puede interesar
- Calculadora de vacaciones (importe en el finiquito)
- Real Decreto 723/2026: nuevas obligaciones de información en los contratos
- Días naturales, laborables y hábiles: diferencias
- Obligaciones legales por sector
Entérate antes que nadie si cambia el despido
LegALert te avisa de las novedades laborales, fiscales y de protección de datos que afectan a tu empresa, explicadas en lenguaje claro.
Radar LegALert: las novedades legales de la semana, cada jueves
Las 3 normas que más afectan a pymes y autónomos, una guía práctica y una pregunta resuelta. Gratis y sin jerga.
Herramienta orientativa. No es asesoramiento jurídico: el convenio, el contrato o una sentencia pueden fijar otra cantidad. Consulta a tu asesoría laboral.