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    Calculadora de finiquito

    Calcula el finiquito que corresponde al terminar un contrato: el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extra y, si es un despido, la indemnización.

    Revisado el 3 de noviembre de 2026 con el Estatuto de los Trabajadores.

    Resultado

    Total a cobrar estimado (bruto)

    2520,49 €

    Salario de los 15 días del último mes750,00 €
    Vacaciones no disfrutadas (11,2 días naturales)645,49 €
    Paga extra de Navidad (parte proporcional) · 138/1841125,00 €
    Sin indemnización por este motivo0,00 €

    Importe bruto. Del salario, las vacaciones y las pagas se descuentan las retenciones de IRPF y la cotización a la Seguridad Social. La indemnización legal está exenta de IRPF dentro de los límites de la ley.

    Qué incluye el finiquito

    • Salario de los días trabajados del último mes que todavía no se han cobrado.
    • Vacaciones generadas y no disfrutadas: se pagan en el finiquito porque, cuando termina el contrato, ya no se pueden disfrutar (artículo 38 del Estatuto).
    • Parte proporcional de las pagas extra que se han generado y aún no se han cobrado. La ley exige al menos dos pagas al año, una en Navidad, y permite prorratearlas en doce meses si lo prevé el convenio (artículo 31).
    • Otros conceptos pendientes: horas extra, comisiones, pluses o dietas del último periodo, si los hay.
    • Indemnización, solo en algunos casos: despido objetivo, improcedente o fin de contrato temporal. En la baja voluntaria y en el despido disciplinario procedente no hay indemnización, pero sí finiquito.

    Ejemplo

    Una persona cobra 1.500 € brutos al mes con 2 pagas extra, entró el 1 de marzo de 2023 y se da de baja voluntaria el 15 de noviembre de 2026, con 15 días de vacaciones disfrutados. Le corresponden: 750 € de los 15 días de noviembre, 645 € por 11,2 días de vacaciones pendientes y 1.125 € de la paga de Navidad (generada desde el 1 de julio). Total: unos 2.520 € brutos.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?

    El finiquito es la liquidación de lo que se debe hasta el último día (salario, vacaciones, pagas extra) y se cobra siempre que termina el contrato. La indemnización es una cantidad aparte que solo corresponde en algunos despidos y al final de los contratos temporales.

    ¿Me corresponde finiquito si me voy voluntariamente?

    Sí. Al darte de baja voluntaria cobras el finiquito, aunque no hay indemnización. Revisa el preaviso de tu convenio: si no lo cumples, la empresa puede descontar los días que faltaron.

    ¿Cuándo se tiene que pagar el finiquito?

    Al terminar la relación laboral. Al comunicar la extinción, la empresa debe acompañar una propuesta del documento de liquidación, y la persona trabajadora puede pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores en la firma (artículo 49.2 del Estatuto).

    ¿Tengo que firmar el finiquito si no estoy de acuerdo?

    Puedes firmarlo indicando «no conforme» para dejar constancia del desacuerdo y reclamar después las cantidades que consideres pendientes.

    ¿El finiquito paga impuestos?

    Sí: el salario, las vacaciones y las pagas extra tributan en el IRPF y cotizan a la Seguridad Social como cualquier nómina. La indemnización legal por despido está exenta de IRPF dentro de los límites de la ley.

    ¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas?

    Se calculan los días generados en el año (vacaciones anuales × días trabajados ÷ 365) y se restan los ya disfrutados. Cada día pendiente se paga a razón del salario anual dividido entre 365.

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