¿Sirve el registro horario en papel o en Excel?
Sí, hoy el papel o el Excel pueden servir si reflejan la jornada real de cada día y no se pueden manipular. Te explicamos cuándo no sirven y qué puede cambiar.

LegALert Media · Fotografía editorial
Sí, a día de hoy un registro en papel o en Excel puede servir, siempre que recoja cada día la hora real de entrada y de salida de cada persona, que no se pueda alterar sin dejar rastro y que se conserve durante cuatro años.
Respuesta revisada el 27 de octubre de 2026.
Qué exige la ley ahora
El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a:
- Registrar cada día el inicio y el final de la jornada.
- Conservar los registros 4 años.
- Tenerlos a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo.
No dice en qué formato. La guía del Ministerio de Trabajo admite sistemas en papel o digitales si la información es fiable y no manipulable.
Cuándo el papel o el Excel no sirven
- Si solo apuntas el horario previsto, no el que se ha hecho de verdad.
- Si se rellena a final de mes de memoria.
- Si cualquiera puede cambiar las horas sin que quede constancia.
- Si no lo puedes enseñar cuando la Inspección o un trabajador lo piden.
Qué podría cambiar
El Gobierno tramita un real decreto que obligaría a usar un registro digital y accesible a distancia para la Inspección. A 27 de octubre de 2026 todavía no está aprobado ni publicado en el BOE. Si sale, habrá un plazo de adaptación.
Lo explicamos con más detalle en la guía de registro horario para pymes y autónomos.
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